Acuerdo de los gobernadores a adecuar sus legislaciones.





CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE EXHORTAR A LOS GOBERNADORES, A LAS LEGISLATURAS LOCALES Y A LOS AYUNTAMIENTOS A ADECUAR SUS RESPECTIVAS LEGISLACIONES, EXPEDIR LOS ORDENAMIENTOS NECESARIOS E INSTAURAR PROGRAMAS Y POLITICAS PUBLICOS PARA CUMPLIR LO DISPUESTO EN LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EN LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES RELACIONADOS CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD, PRESENTADA POR LA DIPUTADA MARTHA LETICIA RIVERA CISNEROS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL MARTES 9 DE DICIEMBRE DE 2003

 

Martha Leticia Rivera Cisneros, en su carácter de diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso

General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo para que los gobiernos estatales y los municipales y las Legislaturas estatales adecuen la legislación existente, expidan los ordenamientos necesarios e instauren las políticas públicas y los programas para dar cumplimiento a lo que disponen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los ordenamientos internacionales relacionados con las personas con discapacidad.

 

La petición se sustenta en las siguientes

 

Consideraciones

 

1. Que, en el contexto internacional, se tiene un vasto número de instrumentos relacionados con las personas con discapacidad, entre las cuales se encuentran

el Convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la readaptación profesional y el empleo, la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos del Niño y las Normas Uniformes para la Equiparación de Oportunidades de las Personas con Discapacidad, por mencionar algunos.

 

2. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 1°:

 

En los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

 

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

 

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

 

3. Que otro avance importante de quienes en México trabajan por mejorar las condiciones de la población con discapacidad ha sido la promulgación de leyes locales de integración para las personas con discapacidad en las entidades federativas y se han realizado más de 38 reformas o adiciones de diversas leyes federales.

 

4. Que, pese a los esfuerzos institucionales que por décadas se han realizado a lo largo y ancho del país, en muchas colonias y comunidades urbanas, rurales e indígenas persisten personas con discapacidad con altos niveles de marginación y pobreza. El aumento poblacional, que ocurre a un ritmo mayor que la capacidad institucional para resolver sus demandas de bienes y servicios de infraestructura social básica, agrava los rezagos de las personas con discapacidad.

Esa situación obliga a la búsqueda de opciones para respetar los derechos de las personas con discapacidad y avanzar a un paso más acelerado en la consideración de una sociedad más equitativa e incluyente.

 

5. Que las estadísticas más conservadoras aportadas por el INEGI en el XII Censo de Población y Vivienda 2000 señalan que en nuestro país hay cerca de 1.8 millones de personas con algún tipo de discapacidad permanente o de largo plazo; de ellas, 813 mil son discapacitados motrices y 467 mil discapacitados visuales, mientras que 289 mil padecen discapacidad intelectual, 281 mil son discapacitados auditivos y el resto padece otro tipo de discapacidades. Sin embargo, datos proporcionados por organizaciones no gubernamentales e inclusive la Organización Mundial de la Salud señalan que en nuestro país existe un universo de personas con algún tipo de discapacidad que representa 10 por ciento de la población.

 

Avanzar con mayor rapidez en la búsqueda del desarrollo de las personas con discapacidad hace imprescindible que haya mecanismos que fortalezcan la plena equidad en la distribución de factores que permitan a los grupos vulnerables, especialmente los discapacitados, disfrutar de mejores niveles y calidad de vida.

 

La magnitud de recursos que demanda esa empresa implica conjugar varios aspectos, ente los cuales podemos mencionar los siguientes:a) Una legislación suficiente y adecuada para salvaguardar sus derechos;

 

b) Programas y acciones emprendidos por los tres órdenes de gobierno, con la participación de la sociedad civil;

 

c) Mayor información y participación para que los programas y los recursos sean conocidos y recibidos por las personas con discapacidad y para que ellas mismas quienes participen directamente en la determinación de las prioridades de atención; y

 

d) Voluntad política de los gobernantes para cumplir la ley y motivar la participación social, así como de los grupos de discapacitados para aportar su tiempo, su trabajo y los recursos a su alcance y participar en los procesos de definición de prioridades y en la ejecución y supervisión de los recursos por distribuir.

Por ello, con base en la fundamentación y los argumentos expuestos, presentamos para la consideración de este honorable Pleno el siguiente

 

Punto de Acuerdo

 

Primero. La H. Cámara de Diputados exhorta a las Legislaturas de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a adecuar su legislación para hacerla congruente y dar cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales relacionados con las personas con discapacidad.

 

Segundo. La H. Cámara de Diputados invita a los gobiernos estatales y a los municipales para que establezcan programas y presupuestos para la atención y defensa de los derechos de las personas con discapacidad, en especial de las que viven en las zonas más marginadas, principalmente para la atención de la educación, la salud y el deporte, conforme a los criterios de transversalidad, focalización, eficiencia, eficacia, no discriminación y perspectiva de género.

 

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 9 de diciembre de 2003.

 

Dip. Martha Leticia Rivera Cisneros (rúbrica)

 

(Turnada a la Junta de Coordinación Política. Diciembre 9 de 2003.)









Publicado el: 2004-04-01 (76 Lecturas)

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